Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial del Estado por lesión de soldado profesional debido a mina antipersonal
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:34:58
Providencia judicial en segunda instancia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, en la sentencia dictada el 18 de junio de 2025, revisó el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Administrativo del Meta del 10 de junio de 2014, que había declarado la responsabilidad patrimonial del Estado por la lesión de un soldado profesional durante el cumplimiento de una misión militar.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de un accidente ocurrido el 15 de julio de 2009 en una zona rural del Meta, durante la ejecución de una orden de operaciones y una misión táctica de registro y control por parte de una brigada móvil del Ejército Nacional. En el desarrollo de estas labores, un soldado profesional activó una mina antipersonal que le causó la amputación del miembro inferior izquierdo. Los demandantes solicitaron que se declarara patrimonialmente responsable a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional por las lesiones sufridas, argumentando que el superior militar a cargo ordenó continuar con la misión a pesar de existir indicios visibles de la presencia de explosivos, sin que se utilizaran los equipos especializados para la detección de minas. La demanda fue admitida y notificada a la entidad demandada y al Ministerio Público. La Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional rechazó las pretensiones, alegando que el daño correspondía a un riesgo propio de la actividad militar y que no se había probado falla en el servicio. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Meta accedió a las pretensiones de la demanda, concluyendo que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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