Corte Suprema de Justicia define competencia en proceso ejecutivo sobre garantía real promovido por entidad pública
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:34:41
Contexto y antecedentes del conflicto
La Corte Suprema de Justicia, en su calidad de instancia de casación, atendió un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Civil Municipal de Soacha y el Juzgado Primero Civil Municipal de Bogotá. La controversia surgió en un proceso ejecutivo instaurado por una entidad pública nacional dedicada a la administración de ahorros y créditos, que reclamó el pago de un capital garantizado con hipoteca sobre un inmueble ubicado en Soacha. La demanda fue inicialmente presentada ante el juzgado de Soacha, argumentando la competencia basada en la garantía real constituida sobre un bien inmueble en esa municipalidad y la naturaleza oficial de la entidad demandante. Sin embargo, el juzgado de Soacha rechazó la demanda por considerar que la entidad tiene su domicilio principal en Bogotá, por lo que el juez competente sería el de dicha ciudad, no el de Soacha. Por su parte, el juzgado de Bogotá manifestó que no le correspondía conocer del proceso y promovió el conflicto de competencia, alegando que para determinar la competencia en estos casos deben aplicarse reglas especiales de competencia territorial y subjetiva, que incluyen la ubicación del bien y el domicilio del actor.Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
Para resolver el conflicto, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural se basó en los artículos 139 del Código General del Proceso (CGP) y 16 de la Ley 270 de 1996, modificado por la Ley 1285 de 2009. La Corte analizó las reglas de competencia territorial y subjetiva aplicables, especialmente las previstas en el artículo 28 del CGP. El numeral 1º del artículo...Más noticias sobre Derecho Civil
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