Corte Suprema de Justicia niega cambio de radicación en proceso de responsabilidad médica por improcedencia jurídica
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:34:34
Contexto y tribunal competente
La providencia en cuestión fue proferida en segunda instancia por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, a través de un auto firmado por el magistrado sustanciador. La solicitud de cambio de radicación fue presentada en el marco de un proceso verbal de responsabilidad médica que se adelantaba ante un Juzgado Civil del Circuito en una jurisdicción diferente a la capital. El cambio de radicación es una figura procesal excepcional prevista en los artículos 30-8 y 35 del Código General del Proceso, y su trámite corresponde a la Corte Suprema cuando se trata de remisiones de procesos civiles entre distritos judiciales.Antecedentes fácticos y procesales
Los peticionarios, actuando en su propio nombre y en representación de menores de edad involucrados en el proceso, promovieron una acción judicial contra varias entidades y profesionales de la salud por presunta responsabilidad médica. El Juzgado Séptimo Civil del Circuito fue el encargado de tramitar el caso inicialmente. Durante el desarrollo del proceso, los solicitantes denunciaron vulneraciones a sus garantías fundamentales, particularmente del debido proceso, argumentando que el proceso se estaba adelantando bajo un régimen normativo anterior y no conforme al vigente Código General del Proceso. Estas alegaciones fueron objeto de múltiples recursos y acciones de tutela, una de las cuales fue concedida por la Corte Suprema, ordenando revisar decisiones de segunda instancia que afectaban la aplicación normativa, la competencia y la práctica de pruebas. Posteriormente, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior confirmó varios autos relacionados con la práctica de pruebas y rechazó una nulidad planteada. Sin embargo, los...Más noticias sobre Derecho Civil
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