Corte Suprema confirma tutela sobre amparo de pobreza en proceso sucesorio en Medellín
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:43:10
Providencia judicial en segunda instancia en proceso sucesorio
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el trámite de impugnación contra la sentencia emitida el 19 de junio de 2025 por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín. La tutela se instauró contra el Juzgado Quinto de Familia de la misma ciudad, entidad a la cual se le reclamaba la omisión en la resolución de varias solicitudes dentro de un proceso sucesorio.Antecedentes fácticos y procesales
Los actores en el proceso alegaron la vulneración del derecho al debido proceso por parte del Juzgado Quinto de Familia de Medellín, debido a la falta de pronunciamiento sobre: (i) un amparo de pobreza solicitado en octubre de 2024, (ii) un recurso de reposición contra un auto inadmisorio presentado en febrero de 2025, y (iii) una petición de nulidad de testamento presentada en marzo del mismo año. Estas solicitudes se relacionan con un proceso sucesorio en trámite. El Juzgado respondió detallando que, para atender las solicitudes, los interesados debían actuar a través de sus apoderados, toda vez que carecían del derecho de postulación. Además, se señaló que la persona que alegaba ser compañera permanente del causante no había acreditado dicha calidad, por lo que no fue reconocida como parte interesada en el proceso. Respecto a la solicitud de remoción de albacea, el juzgado requirió aclaraciones y la presentación de documentos que fundamentaran la petición, los cuales no cumplían con el requisito de indicar claramente los hechos que sustentaban la solicitud, conforme al...Más noticias sobre Derecho Civil
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