Corte Suprema de Justicia Declara Improcedente Tutela Contra Sentencia en Proceso de Unión Marital de Hecho
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:51:4
Contexto y Naturaleza de la Decisión
La providencia en cuestión corresponde a una decisión de la Corte Suprema de Justicia, específicamente una resolución emitida en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. Se trata de un auto que resuelve una acción de tutela promovida contra una sentencia proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en un proceso relacionado con la unión marital de hecho. La tutela cuestionaba la validez de dicha sentencia, solicitando su nulidad y la emisión de una nueva decisión.Antecedentes Fácticos y Procesales
El caso se originó a partir de un proceso judicial en el cual la parte accionante solicitó dejar sin efectos la sentencia del 25 de marzo de 2025. La impugnación se fundamentó en que la mencionada providencia confirmó la negativa de sus pretensiones sin haber vinculado al trámite a una persona cuya relación con el causante fue determinante para descartar la existencia de la unión marital alegada. Se argumentó que esta omisión configuró una indebida integración del litisconsorcio necesario, lo que, según el artículo 133, numeral 8 del Código General del Proceso, constituiría una nulidad procesal al haberse tramitado el juicio sin convocar a quien debía ser parte. Además, se señaló que esta situación ocasionó la lesión de garantías procesales y desconoció precedente jurisprudencial relacionado con la figura del litisconsorcio necesario. En respuesta, el tribunal de instancia remitió el expediente digital y el Juzgado de Familia involucrado defendió la legalidad del procedimiento seguido, sosteniendo que no existió vulneración a las garantías procesales ni error en la integración del litisconsorcio.Consideraciones Jurídicas de...
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