Corte Suprema confirma validez de decisión en caso de responsabilidad civil contractual en obra pública
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:55:35
Contexto y competencia judicial
La providencia analizada corresponde a una sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un recurso de impugnación contra una sentencia anterior de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá. La acción principal se originó en un proceso verbal instaurado ante el Juzgado Treinta Civil del Circuito de Bogotá, donde se discutía la responsabilidad civil derivada del incumplimiento de un contrato de obra civil para un proyecto público.
El proceso judicial se centró en la reclamación de pago por lucro cesante, por un valor aproximado de $426 millones, que correspondía al saldo insoluto del precio final de una obra. La decisión de primera instancia accedió a las pretensiones del demandante, decisión que fue revocada en segunda instancia por el Tribunal Superior, al considerar que no se acreditaron debidamente las ampliaciones contractuales alegadas.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor, una empresa en liquidación dedicada a la energía, demandó a un consorcio por supuestas adiciones verbales al contrato inicial de obra civil suscrito en 2017. Se reclamó el pago solidario del saldo pendiente, argumentando que las modificaciones al contrato y la ejecución de trabajos adicionales justificaban dicha suma.
El Juzgado de primera instancia falló a favor del demandante, basándose en documentos como el contrato original, un otrosí y una certificación emitida en enero de 2018 que respaldaba la ejecución y valor de la obra ampliada. Sin embargo, el Tribunal Superior revocó esta decisión, señalando que las ampliaciones deben constar por escrito conforme al artículo 1622 del Código Civil, y que la certificación aportada no acreditaba fehacientemente las modificaciones contractuales reclamadas.
La empresa demandante interpuso entonces una acción de tutela en contra del Tribunal Superior, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la jurisdicción efectiva. La tutela fue negada en primera instancia, decisión que fue impugnada ante la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema.
Razones y alcance de la decisión de la Corte Suprema
En su análisis, la Corte Suprema verificó la procedibilidad de la acción de tutela, encontrando que se cumplían los requisitos de subsidiariedad e inmediatez. Sin embargo, confirmó la sentencia de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, al concluir que no existió vía de hecho ni violación a los derechos fundamentales reclamados.
La Sala destacó que la valoración probatoria corresponde al juez natural del asunto y no puede ser sustituida por la vía de tutela, especialmente cuando la decisión controvertida se apoyó en la normatividad vigente y en jurisprudencia consolidada sobre responsabilidad civil contractual. La Corte recordó que, conforme al artículo 1622 del Código Civil, las modificaciones contractuales deben constar por escrito, y la ausencia de un documento formal genera un indicio grave en contra de la existencia de dichas adiciones.
Respecto a la certificación de enero de 2018, la Sala evidenció inconsistencias en su contenido y fecha, así como dudas sobre su autenticidad y veracidad, derivadas de declaraciones de los involucrados y de la propia documentación del proceso. En consecuencia, la certificación no pudo ser considerada como prueba suficiente para acreditar el aumento del valor contractual reclamado.
Adicionalmente, la Corte examinó la alegación de que la contratista incumplió con la calidad y condiciones técnicas establecidas en el contrato, encontrando que la parte demandante no aportó pruebas concluyentes que demostraran el cumplimiento integral de sus obligaciones contractuales. A su vez, el informe de seguimiento y certificación técnica presentado por la contraparte evidenció deficiencias en la ejecución de la obra.
Finalmente, la Sala indicó que la introducción de nuevos hechos o documentos durante el trámite de tutela, como un certificado de mayo de 2018, excede el alcance de la acción y no puede ser valorado en esta instancia sin afectar el derecho de defensa de la autoridad judicial cuestionada.
Conclusión y consecuencias jurídicas
La decisión de la Corte Suprema reafirma la importancia de respetar la competencia de los jueces naturales para valorar la prueba y dictar sentencia conforme a derecho. Además, subraya la necesidad de formalizar las modificaciones contractuales por escrito para garantizar su validez y evitar controversias posteriores.
Por otra parte, la sentencia pone de relieve que la acción de tutela no es un mecanismo idóneo para revisar criterios probatorios o para sustituir decisiones judiciales legítimamente adoptadas dentro de los procesos ordinarios.
En consecuencia, la Sala de Casación Laboral confirmó la sentencia que negó el amparo solicitado y ordenó remitir el expediente para eventual revisión por parte de la Corte Constitucional, conforme a los procedimientos legales vigentes.
Esta providencia contribuye a consolidar la jurisprudencia sobre responsabilidad civil contractual en la contratación pública y sobre los límites de la acción de tutela frente a decisiones jurisdiccionales, fortaleciendo la seguridad jurídica en los procesos relacionados con la obra pública.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.