Contexto y marco normativo
El Ministerio de Relaciones Exteriores anunciaría el proyecto de decreto número , el cual buscaría crear la Bonificación Migratoria para los servidores públicos de los niveles profesional, técnico y asistencial de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. Esta iniciativa se publicaría en 2025 y modificaría el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos vinculados a esta entidad, adscrita al Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.
El proyecto se fundamentaría en las facultades constitucionales conferidas al Presidente de la República, en especial conforme a los numerales 11 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, así como en la Ley 4 de 1992 y el Decreto 869 de 2016, que regulan el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva Nacional. El Ministerio de Relaciones Exteriores, como organismo rector del sector, tendría a su cargo la orientación y supervisión de Migración Colombia, entidad creada mediante Decreto Ley 4062 de 2011 para ejercer autoridad en vigilancia y control migratorio y de extranjería.
Propósito y alcance del proyecto
El propósito principal del proyecto de decreto sería reconocer el compromiso, esfuerzo y especialización de los servidores públicos que laboran en el entorno migratorio, con el fin de fortalecer las capacidades institucionales y motivar el talento humano clave en la prestación de estos servicios. La iniciativa respondería a la creciente demanda y complejidad en la gestión de flujos migratorios, que ha llevado a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia a requerir incentivos para sus empleados.
La bonificación propuesta se aplicaría a los servidores públicos que ocupen empleos en los niveles profesional, técnico y asistencial, vinculados a la planta de personal de Migración Colombia.
Modificaciones y disposiciones específicas
El proyecto establecería la creación de una Bonificación Migratoria trimestral, que no constituiría factor salarial ni prestacional para ningún efecto legal. Esta bonificación se calcularía aplicando porcentajes específicos al valor de la asignación básica mensual de cada servidor público, según su nivel, cargo y grado salarial en servicio activo al finalizar el trimestre a liquidar.
| Nivel jerárquico |
% de la Bonificación Migratoria (Trimestral) |
| Nivel asistencial |
90% de la asignación básica mensual |
| Nivel técnico |
150% de la asignación básica mensual |
| Profesional (varios grados) |
Entre 30% y 150% de la asignación básica mensual según grado |
Para acceder a la bonificación, los servidores públicos deberían contar con al menos un año de antigüedad en la entidad. La bonificación se pagaría en proporción al tiempo laborado en casos de cumplimiento del requisito de antigüedad dentro de un trimestre o de períodos laborales parciales en el trimestre correspondiente.
El proyecto definiría también la conformación de los trimestres para efectos de pago y asignaría fechas límite para efectuar los mismos, estableciendo un calendario claro para la gestión de la bonificación.
Participación de actores clave
El Departamento Administrativo de la Función Pública sería la entidad competente para emitir conceptos en materia salarial y prestacional, asegurando que ninguna otra autoridad pudiera modificar el régimen salarial o prestacional determinado por el decreto.
Además, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público habría otorgado viabilidad presupuestal, estableciendo que los costos derivados del pago de la bonificación se asumirían con cargo al presupuesto de funcionamiento de Migración Colombia.
El Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia habría autorizado la presentación del proyecto en sesión realizada el 9 de enero de 2025, evidenciando un proceso de concertación interna previo.
Información adicional y participación ciudadana
En caso de publicarse el proyecto completo, se esperaría que las autoridades habilitaran canales para que la ciudadanía y los interesados pudieran acceder al texto íntegro y presentar observaciones o comentarios dentro de un plazo determinado, conforme a la normativa vigente sobre participación ciudadana en la elaboración de reglamentaciones.
De esta manera, se garantizaría un proceso transparente y abierto para la consideración del proyecto antes de su eventual adopción como decreto oficial.
Vigencia
El proyecto contemplaría que la Bonificación Migratoria entraría en vigencia a partir del día siguiente a la publicación del decreto que la expidiera, una vez superadas las etapas de aprobación y promulgación correspondientes.
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Este análisis informativo busca facilitar la comprensión del proyecto de decreto en trámite, resaltando sus principales aspectos para el público general interesado en temas jurídicos y administrativos relacionados con la función pública y la gestión migratoria. De aprobarse, esta bonificación representaría un incentivo significativo para el personal de Migración Colombia, contribuyendo a mejorar la eficiencia y calidad en la atención de los procesos migratorios en el país.