Contexto y propósito de la Circular
La Circular Externa 85 de 2025, emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, responde a una problemática identificada en la supervisión de las organizaciones solidarias de tercer nivel, distintas a fondos de empleados y asociaciones mutualistas. Estas entidades enfrentan una carga operativa significativa debido a la gran cantidad de formatos de reporte de información financiera exigidos, que pueden ascender hasta 53 reportes con diversas frecuencias -anuales, semestrales, trimestrales, mensuales, semanales e incluso diarios-. Esta exigencia resulta especialmente gravosa para organizaciones con menor tamaño, complejidad operativa limitada y recursos técnicos reducidos.
El propósito principal de la Circular es establecer un mecanismo que simplifique y focalice el proceso de presentación de informes, evitando el diligenciamiento de formatos no pertinentes según la naturaleza jurídica, objeto social y actividad económica de cada organización. Además, busca implementar un enfoque diferencial en la supervisión que considere las condiciones territoriales y financieras de las entidades, promoviendo una supervisión más justa, proporcionada y eficiente.
Ámbito de aplicación y sujetos obligados
La Circular está dirigida a los representantes legales, miembros de los órganos de administración, control social y revisores fiscales de las organizaciones de economía solidaria de tercer nivel de supervisión, excluyendo fondos de empleados y asociaciones mutualistas. Su aplicación es externa, orientada a entidades vigiladas por la Superintendencia.
El enfoque diferencial previsto en la Circular se aplica exclusivamente a aquellas organizaciones que cumplan conjuntamente ciertos criterios territoriales y financieros:
- Condiciones territoriales (al menos una): ser empresa solidaria rural o agropecuaria; constituida por firmantes de paz; ubicada en municipio PDET; o en zona ZOMAC.
- Condiciones financieras (ambas): ingresos totales...