Nueva resolución del ICA regula la importación de plantas in vitro de Rubus occidentalis L. desde Estados Unidos
Proviene de: Resoluciones
25 de julio de 2025 21:2:50
Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), específicamente por la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria, el 23 de julio de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.191 del 24 de julio de 2025.Tema principal y destinatarios
El tema principal es la regulación de los requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de plantas in vitro de Rubus occidentalis L., una especie conocida comúnmente como zarzamora negra, proveniente de Estados Unidos. La norma está dirigida a todas las personas naturales o jurídicas que realicen esta importación con fines de siembra, comercialización o ensayos. Este grupo es relevante porque su cumplimiento garantiza el control sanitario en la entrada de productos vegetales que pueden impactar la agricultura nacional.Objetivo de la resolución
El objetivo fundamental de esta resolución es establecer las condiciones fitosanitarias que deben cumplirse para importar estas plantas, con el fin de evitar la introducción y propagación de plagas y enfermedades que puedan afectar la sanidad agropecuaria del país. Además, busca armonizar los procedimientos con las normas internacionales y promover la transparencia en el comercio exterior.Decisiones y regulaciones principales
La resolución determina una serie de requisitos fitosanitarios específicos para la importación de plantas in vitro de Rubus occidentalis L.:- El certificado fitosanitario emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen debe incluir una declaración adicional que confirme que las plantas madre han sido sometidas a pruebas PCR y están libres de ciertas enfermedades virales como el Raspberry bushy dwarf virus y otros virus relevantes para la especie.
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