Naturaleza y alcance del Acuerdo 821 de 2025
El Acuerdo 821 de 2025, expedido el 23 de julio y publicado en el Diario Oficial No. 53.192, es un acto administrativo de naturaleza interadministrativa suscrito por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) y la Empresa Industrial y Comercial del Estado Coljuegos. Su objeto principal es autorizar la firma de una resolución conjunta mediante la cual se establecen los Requerimientos Técnicos del Sistema para la operación del juego de suerte y azar en la modalidad de rifas.
Este acuerdo responde a la necesidad de modernizar y adaptar el marco regulatorio a las innovaciones tecnológicas, facilitando la incorporación de medios digitales y sistemas automatizados en la operación y comercialización de rifas, modalidad regulada como juego de suerte y azar conforme a la Ley 643 de 2001 y el Decreto 1068 de 2015.
Objeto y objetivos del acuerdo
El acuerdo busca establecer un conjunto de requisitos técnicos que los operadores tecnológicos deben cumplir para prestar servicios en la modalidad de rifas. Entre los objetivos destacan:
- Garantizar la transparencia, seguridad y confiabilidad en la operación del juego.
- Permitir la incorporación de nuevas tecnologías para ampliar y mejorar la oferta de rifas.
- Fortalecer el control y supervisión del juego con mecanismos técnicos claros.
- Facilitar la generación de mayores recursos para los servicios de salud pública, conforme al arbitrio rentístico previsto en la ley.
Ámbito de aplicación y competencias
El Acuerdo tiene un ámbito nacional, dado que regula la operación del juego en todo el territorio colombiano. Sin embargo, la autorización para la realización de rifas recae en las entidades territoriales competentes —municipios,...