Ministerio de Salud y Protección Social actualiza requisitos para proyectos de inversión en infraestructura y servicios de salud
Proviene de: Resoluciones
28 de julio de 2025 19:12:21
Contexto y entidades involucradas
La Resolución número 001519, expedida el 25 de julio de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.192, corresponde a una actualización normativa del Ministerio de Salud y Protección Social. Esta modificación se realiza sobre la Resolución 485 de 2025, previamente ajustada por la Resolución 1211 de 2025. El Ministerio ejerce sus facultades conforme a la Ley 100 de 1993 y la Ley 715 de 2001, entre otras normas, para dirigir, coordinar y evaluar programas e inversiones en salud en Colombia.
Objeto y destinatarios de la resolución
El propósito central de esta resolución es modificar los artículos 2° y 7° de la Resolución 485 de 2025, con el fin de ampliar el campo de aplicación y ajustar los requisitos para la expedición de conceptos técnicos de viabilidad de proyectos de inversión relacionados con infraestructura física, equipamiento, dotación biomédica y otros elementos vinculados a la prestación de servicios de salud.
Los destinatarios principales son las entidades territoriales a nivel nacional, departamental, distrital y municipal, Empresas Sociales del Estado (ESE) de diversos niveles, y entidades de carácter especial adscritas al Ministerio. Se reconoce la importancia de estas entidades como receptoras y ejecutoras de recursos públicos destinados a proyectos que fortalezcan la capacidad instalada para la prestación eficiente y oportuna de servicios de salud.
Finalidad y alcance de la regulación
La resolución tiene como finalidad establecer criterios técnicos y financieros claros y armonizados para la presentación y evaluación de proyectos de inversión, garantizando la coherencia normativa y facilitando la asignación de recursos públicos. Además, se incorpora la obligación de atender proyectos que respondan a...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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