Consejo de Estado define competencia para seguimiento de medidas en proceso de restablecimiento de derechos de menores en Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 21:42:31
Contexto y tribunal competente
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de sus funciones conforme al artículo 39 y el artículo 112 numeral 10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), analizó un conflicto negativo de competencias administrativas ocurrido en el ámbito de la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El conflicto se presentó entre la Defensoría de Familia del ICBF, Centro Zonal Villeta (Dirección Regional Cundinamarca), y el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Guaduas (Cundinamarca).
Antecedentes del caso
El proceso se inició luego de que la Comisaría de Familia de Guaduas recibió información sobre una presunta vulneración de derechos a favor de una adolescente. Tras abrir investigación y ordenar medidas provisionales de restablecimiento, la Comisaría declaró posteriormente la pérdida de competencia por superar los términos legales establecidos y remitió el expediente al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Guaduas, que asumió el conocimiento del proceso administrativo de restablecimiento de derechos (PARD).
El juzgado declaró la vulneración de derechos de la adolescente y confirmó las medidas de restablecimiento de derechos previamente adoptadas, ordenando a la Defensoría de Familia del ICBF realizar el seguimiento respectivo por un término determinado. Sin embargo, la Defensoría manifestó que no era competente para adelantar dicho seguimiento, argumentando que la facultad debía ser ejercida directamente por la autoridad judicial que asumió el conocimiento del proceso tras la pérdida de competencia de la Comisaría. Ante esta discrepancia, se planteó un conflicto negativo de competencias administrativas ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo...
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