Consejo de Estado define competencia administrativa para reconocimiento y pago de bono pensional en sector salud de Caldas
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 21:42:18
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 11 de junio de 2025, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, profirió un auto mediante el cual resolvió un conflicto negativo de competencias administrativas instaurado para determinar qué entidad está facultada para resolver de fondo la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional generado por el tiempo laborado en una institución hospitalaria pública del departamento de Caldas. La decisión se fundamenta en los artículos 39 y 112, numeral 10, de la Ley 1437 de 2011, modificados respectivamente por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto surgió a raíz de la solicitud presentada por una administradora de fondos de pensiones para que se reconociera y pagara un bono pensional a favor de un afiliado, correspondiente al tiempo laborado entre octubre de 1979 y julio de 1980 en el antiguo Hospital San Félix de la Dorada (Caldas). Inicialmente, la misma institución hospitalaria certificó el tiempo laborado, pero manifestó que no ostentaba responsabilidad sobre los aportes a pensión correspondientes, señalando que dicha obligación recaía en el departamento territorial. Posteriormente, tanto la entidad hospitalaria como la Dirección Territorial de Salud de Caldas, el departamento de Caldas y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público negaron sucesivamente la competencia para resolver la solicitud, aduciendo que el afiliado no fue reportado como beneficiario en los contratos de concurrencia que garantizan la financiación del pasivo prestacional del sector salud. Ante la negativa conjunta, la administradora de fondos de pensiones interpuso un conflicto negativo de competencias...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias