Consejo de Estado define competencia para decidir situación jurídica de menor en proceso de restablecimiento de derechos
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 21:42:11
Contexto y antecedentes del caso
El caso se origina en un proceso administrativo iniciado por la Defensoría de Familia del Centro Zonal Sincelejo – Regional Sucre del ICBF, tras la denuncia de presunta vulneración de derechos de una niña menor de edad. Inicialmente, se adoptaron medidas provisionales de protección, ubicando a la menor en medio familiar bajo la custodia de su madre. Posteriormente, la menor salió del país con permiso, pero no retornó en la fecha pactada, lo que motivó la solicitud de restitución internacional y denuncias judiciales en Ecuador. Durante el proceso administrativo de restablecimiento de derechos (PARD), se tramitaron prórrogas para el seguimiento de las medidas adoptadas, sin que se definiera de fondo la situación jurídica de la menor. Ante la falta de respuesta para la ampliación del término de seguimiento y el vencimiento de los plazos establecidos en la ley, la Defensoría de Familia remitió el expediente al Juzgado Primero de Familia del Circuito de Sincelejo para que definiera la competencia y decidiera sobre el asunto. El Juzgado Primero de Familia del Circuito de Sincelejo resolvió no dar trámite al proceso administrativo, argumentando que no se configuraba pérdida de competencia de la autoridad administrativa, dado que la menor se encontraba fuera del territorio nacional y el proceso de restitución internacional estaba en curso. Ante esta situación, la Defensoría de Familia del ICBF propuso un conflicto negativo de competencias administrativas ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para definir cuál autoridad tenía competencia para decidir de fondo sobre la situación jurídica de la menor.Competencia y marco normativo...
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