Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en sector salud
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 21:42:12
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 11 de junio de 2025, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de la función prevista en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), emitió un auto para resolver un conflicto negativo de competencias administrativas. Este conflicto surgió entre una Empresa Social del Estado (ESE) de un municipio del departamento de Córdoba, el departamento mismo y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en torno a cuál de estas entidades está facultada para responder a la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional por el tiempo laborado en una institución hospitalaria pública durante el año 1989.Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto se originó cuando una administradora de fondos de pensiones solicitó al departamento de Córdoba el reconocimiento y pago del bono pensional de un trabajador que laboró como médico en la institución hospitalaria local entre abril y octubre de 1989. El departamento objetó la solicitud, argumentando que el trabajador no era beneficiario del convenio de concurrencia y que su vinculación laboral fue con la ESE Hospital Local, que se había constituido posteriormente. Por su parte, la ESE manifestó que para el período reclamado la institución no tenía personería jurídica y formaba parte del servicio seccional de salud, administrado por el departamento, por lo que correspondía a este último asumir la responsabilidad. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cambio, indicó que no era competente para responder por el pasivo pensional debido a que el trabajador no fue reportado...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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