Consejo de Estado confirma rechazo a recurso extraordinario de revisión por extemporaneidad en caso de privación injusta de la libertad
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 21:42:0
Contexto y naturaleza de la providencia
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sala Veintitrés Especial de Decisión del Consejo de Estado, máxima instancia del contencioso administrativo en Colombia. Este auto resuelve un recurso de súplica interpuesto contra una providencia previa que rechazó un recurso extraordinario de revisión. La sentencia original, dictada por la Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, revocó una decisión del Tribunal Administrativo de Risaralda relacionada con una demanda de reparación directa por supuesta privación injusta de la libertad.Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Risaralda había resuelto favorablemente la demanda de reparación directa por perjuicios derivados de una privación injusta de la libertad. Posteriormente, la Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado revocó dicha decisión en una sentencia notificada por edicto en julio de 2023, la cual quedó ejecutoriada el 25 de julio del mismo año. Contra esta sentencia, los demandantes interpusieron un recurso extraordinario de revisión fundamentado en la causal de que la sentencia se había dictado con base en documentos falsos o adulterados, según lo previsto en el artículo 250 numeral 2º del CPACA. No obstante, el recurso fue presentado el 19 de diciembre de 2024, es decir, fuera del término legal de un año contado a partir de la ejecutoria de la sentencia, tal como lo establece el artículo 251 del CPACA. El consejero ponente, en providencia del 29 de enero de 2025, rechazó el recurso por esta razón de extemporaneidad. En consecuencia, los recurrentes interpusieron recurso de súplica ante la Sala Veintitrés Especial...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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