Consejo de Estado niega suspensión provisional en acción de tutela promovida por el ICBF contra sentencias de tribunal administrativo
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 16:57:55
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de juez constitucional de tutela, emitió un auto el 15 de julio de 2025 en la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera. En este acto procesal se resolvió una solicitud de medida provisional en el marco de una acción de tutela interpuesta por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La acción se dirigía contra sentencias del Juzgado Primero Administrativo de Quibdó y del Tribunal Administrativo del Chocó, que accedieron parcialmente a pretensiones de reparación directa en contra del ICBF.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por la muerte de un menor que se fugó de un centro de rehabilitación transitorio para menores infractores bajo la custodia del ICBF y falleció en hechos violentos ocurridos en la ciudad de Quibdó. La entidad estatal argumentó que la responsabilidad por los hechos que causaron la muerte recaía exclusivamente en un tercero y en la víctima misma, por lo que no le asistía responsabilidad alguna. En primera instancia y en apelación, se dictaron sentencias que ordenaron medidas de reparación directa, incluyendo medidas no pecuniarias como garantías de no repetición. El ICBF presentó la acción de tutela alegando vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, y solicitó la suspensión provisional de la ejecución de las órdenes contenidas en la sentencia de segunda instancia mientras se resolvía la tutela.Consideraciones del Consejo de Estado
El auto emitido por el Consejo de Estado analiza los requisitos para conceder medidas provisionales en tutela, conforme al artículo 7º del Decreto...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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