Consejo de Estado ordena entrega inmediata de medicamento a adulto mayor en tutela contra EPS y IPS
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 16:59:0
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, emitió un auto mediante el cual admitió y resolvió una solicitud de medida provisional dentro del trámite de una acción de tutela instaurada contra una Entidad Promotora de Salud (EPS) y una Institución Prestadora de Salud (IPS). La acción fue presentada por una persona en condición de adulto mayor que reclama la protección de sus derechos fundamentales a la vida, la salud y la seguridad social. La acción de tutela, consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política, es un mecanismo preferente y sumario que permite la protección inmediata de derechos fundamentales amenazados o vulnerados por autoridades públicas o particulares cuando la ley lo autoriza. En este caso, el juez constitucional consideró necesario ordenar medidas provisionales urgentes para garantizar la protección del derecho a la salud.Antecedentes fácticos y procesales
La persona accionante padece hipotiroidismo y descalcificación ósea severa, patologías que deterioran su salud y autonomía, especialmente por su condición de adulto mayor, situación que la coloca en un estado de especial protección constitucional conforme a precedentes jurisprudenciales. El médico tratante prescribió el medicamento Denosumab, cuya aplicación debe realizarse cada seis meses para evitar complicaciones severas, incluyendo la pérdida ósea. Sin embargo, la EPS y la IPS demandadas no han suministrado ni aplicado el medicamento en los tiempos indicados. La accionante aportó pruebas de las órdenes médicas y de los trámites administrativos realizados para la autorización y aplicación del tratamiento, incluyendo la entrega de resultados de laboratorio solicitados por la EPS para programar la administración del...Más noticias sobre Salud
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