Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 17:4:8
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial analizada corresponde a un auto admisorio emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado. Este tribunal es competente para conocer procesos de nulidad contra actos administrativos de contenido electoral y aquellos relacionados con la función regulatoria de las autoridades electorales. El proceso se encuentra en la etapa inicial de admisión de la demanda, en la cual el tribunal verifica que se cumplan los requisitos formales y procesales para continuar con el trámite.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada contra un decreto presidencial que convoca a una consulta popular nacional y establece otras disposiciones. El demandante cuestiona la legalidad del decreto, argumentando que el Presidente de la República habría incurrido en vulneración de varios artículos de la Constitución Política —entre ellos los artículos 4, 104, 29 y 209— así como de normas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y de la Ley 1757 de 2015. En concreto, la parte actora sostiene que el decreto fue expedido a pesar de un concepto desfavorable emitido en relación con la consulta popular, y que se hizo un uso indebido de la figura de excepción de inconstitucionalidad para justificar la convocatoria. Inicialmente, la demanda fue inadmitida por no cumplir ciertos requisitos formales, pero tras la subsanación de estos, la Sala decidió admitirla para su trámite correspondiente.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto admisorio establece que la demanda cumple con las exigencias de los artículos 162, 163, 164 y 166 del CPACA, que regulan los requisitos para la presentación de demandas de nulidad,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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