Contexto y antecedentes del proceso
La presente providencia judicial se originó a partir de una demanda interpuesta el 11 de junio de 2025 contra el Decreto 0639 expedido por la Presidencia de la República. Dicho decreto convocaba a una consulta popular nacional. La demandante alegó que el decreto se expidió en contravía del orden constitucional, en particular por desconocer la negativa del Senado al concepto favorable solicitado por el Ejecutivo para la convocatoria, según lo previsto en el artículo 104 de la Constitución Política. Se argumentó que el decreto vulneraba además los artículos 4 y 189 de la Carta Política al exceder las competencias del Presidente en materia de consultas populares.
El Consejo de Estado, a través de la Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo, admitió la demanda el 19 de junio de 2025, señalando que el decreto tiene naturaleza de acto administrativo electoral y que, por tanto, es susceptible de control judicial mediante el medio de nulidad conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Además, se estableció que el decreto no emana directamente de la Constitución, sino que desarrolla facultades legales reguladas por leyes estatutarias, por lo que su validez debe analizarse bajo un juicio de legalidad.
Recursos y argumentos de la Presidencia de la República
Contra la admisión de la demanda se interpuso recurso de reposición por parte del apoderado de la Presidencia de la República, quien presentó varios argumentos clave:
- Capacidad procesal: Se sostuvo que la intervención de la Presidencia antes de la notificación formal del auto admisorio fue válida, invocando la figura...