Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 17:12:37
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, con jurisdicción en procesos de nulidad de actos administrativos relacionados con el ámbito electoral, conoció y admitió la demanda contra el Decreto 0639 de 2025. Este decreto, expedido por el Presidente de la República, convoca a una consulta popular nacional y establece otras disposiciones relacionadas con dicha convocatoria.
El auto admisorio fue firmado el 25 de julio de 2025 por el magistrado ponente del caso y se enmarca dentro del proceso de nulidad con radicación número 11001-03-28-000-2025-00112-00.
Antecedentes fácticos y procesales
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios interpuso la demanda mediante apoderado judicial solicitando la anulación del Decreto 0639 de 2025. La parte actora argumenta que el decreto adolece de desviación de poder y vulnera varios preceptos constitucionales, en particular los artículos 1, 4, 104, 113 y 121 de la Constitución Política, así como normas de procedimientos administrativos y electorales contenidas en la Ley 1437 de 2011, la Ley 134 de 1994 y la Ley 1757 de 2015.
Según la demanda, el Presidente de la República habría adoptado una decisión sin competencia para inaplicar el concepto desfavorable emitido por el Senado de la República respecto a la convocatoria, un acto de contenido electoral que goza de presunción de legalidad. La finalidad atribuida a este proceder sería obtener un resultado diferente al previsto por la ley para las consultas populares, lo que genera cuestionamientos sobre la legitimidad del decreto.
Inicialmente, la demanda fue inadmitida por no cumplir con ciertos requisitos formales, pero tras la corrección de estos, el Consejo de Estado procedió a admitirla conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Acuerdo 80 de 2019 de la Sala Plena del Consejo de Estado.
Consideraciones de la providencia
El auto admisorio fundamenta su decisión en el cumplimiento de los requisitos formales para la admisión de la demanda, específicamente los señalados en los artículos 162, 163, 164 y 166 del CPACA, relacionados con la individualización de pretensiones, presentación de anexos y subsanación de la demanda.
El tribunal aclara que, aunque la demanda cuestiona las preguntas contenidas en el decreto, este aspecto no será objeto de análisis en esta etapa procesal, ya que su estudio se reserva para el momento posterior a la realización de la votación, circunstancia que aún no ha ocurrido.
Además, se decretó la incorporación de las pruebas anunciadas por la parte actora y se dispuso la notificación personal al Presidente de la República y al agente del Ministerio Público, así como la notificación por estado a la parte demandante. También se ordenó la comunicación de la providencia a los ministros que integran el Gobierno Nacional y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
El auto advierte al Presidente de la República que durante el término para contestar la demanda debe aportar copia de los antecedentes administrativos relacionados con el acto demandado, conforme a lo previsto en la Ley 1437 de 2011.
Importancia del auto admisorio y siguientes pasos
Esta providencia representa un paso inicial fundamental en el control judicial de la convocatoria a la consulta popular nacional prevista en el Decreto 0639 de 2025. La admisión de la demanda implica que el Consejo de Estado estudiará en profundidad los argumentos y pruebas presentados para determinar la legalidad del acto administrativo cuestionado.
El proceso continuará con la etapa de contestación de la demanda y eventual práctica de pruebas, que permitirán al tribunal emitir una decisión de fondo sobre la posible nulidad del decreto.
Por último, el Consejo de Estado informó que se dará publicidad al proceso conforme a los mecanismos establecidos en la normativa vigente, garantizando la transparencia y el acceso a la información para la ciudadanía y demás interesados.
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Este auto revela la importancia del control judicial sobre actos administrativos de alto impacto político y social, especialmente aquellos relacionados con mecanismos de participación ciudadana como las consultas populares nacionales. La decisión del Consejo de Estado representa un ejercicio riguroso del principio de legalidad y del debido proceso en materia electoral y administrativa.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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