Consejo de Estado resuelve impedimento por amistad íntima en proceso de nulidad electoral de magistrado de la Corte Suprema de Justicia
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 17:13:50
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, profirió un auto que resuelve un impedimento planteado en el marco de un proceso de nulidad electoral. Este proceso fue instaurado para impugnar la elección de un magistrado de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. La providencia se emitió en segunda instancia y tiene carácter definitivo, al no admitir recurso alguno contra la misma.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de una demanda de nulidad electoral contra la elección del magistrado objeto de la controversia, contenida en el Acuerdo correspondiente del 22 de mayo de 2025. Posteriormente, una magistrada de la misma Sala de lo Contencioso Administrativo manifestó su impedimento para intervenir en el conocimiento y decisión del asunto, aduciendo la existencia de una amistad íntima con el demandado. El fundamento para esta manifestación se encuentra en el literal b), ordinal 2.º del artículo 125 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que remite a las causales de impedimento previstas en el numeral 9.º del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP). Dicho numeral contempla como causal la existencia de enemistad grave o amistad íntima entre el juez y alguna de las partes, su representante o apoderado. En su escrito, la magistrada señaló que mantiene lazos de amistad con el demandado, basándose en la participación conjunta en eventos académicos, institucionales y sociales durante el último año.Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sección Quinta del Consejo de Estado realizó un análisis riguroso de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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