Consejo de Estado admite recurso de apelación en proceso de pérdida de investidura de concejal
Proviene de: Sentencias
28 de julio de 2025 17:22:17
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Primera del Consejo de Estado, máximo órgano de la jurisdicción contencioso administrativa en Colombia. La decisión corresponde a un auto interlocutorio, es decir, un pronunciamiento judicial que resuelve cuestiones procesales dentro del curso del proceso, en este caso, la admisión de recursos de apelación en un proceso de pérdida de investidura. El proceso tiene origen en un medio de control de pérdida de investidura instaurado contra un concejal del municipio de Acacías, ubicado en el departamento del Meta. La apelación fue interpuesta por el actor y la Procuraduría Judicial II de Asuntos Administrativos del Meta, contra la sentencia emitida por la Sala Plena del Tribunal Administrativo del Meta que negó la pérdida de investidura del concejal en cuestión.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con la solicitud de pérdida de investidura de un concejal municipal, con base en presuntas causales establecidas en la legislación vigente. El Tribunal Administrativo del Meta, en primera instancia, decidió denegar dicha solicitud, manteniendo la investidura del concejal demandado. Posteriormente, tanto el actor como la Procuraduría Judicial presentaron recursos de apelación contra dicha sentencia, argumentando que existían elementos suficientes para continuar con el trámite y revisar la decisión en segunda instancia. La apelación fue sustentada oportunamente, cumpliendo con los plazos y requisitos legales exigidos.Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto interlocutorio
El Consejo de Estado, al analizar el recurso, se remitió a lo dispuesto en el artículo 142 de la Ley 1881 de 2018, norma que reglamenta el procedimiento para la pérdida de investidura de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias