Ministerio de Ambiente confirma vigencia parcial del concepto jurídico sobre importación de vehículos
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30 de julio de 2025 1:9:16
Contexto y alcance del concepto jurídico
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible respondió a una solicitud de información respecto a la vigencia del concepto jurídico emitido en 2015 sobre vehículos importados en condiciones especiales de mercado, con énfasis en aquellos ingresados por funcionarios diplomáticos. El concepto original fue emitido por la Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana, y no por la Oficina Asesora Jurídica como se había indicado inicialmente.
Se recordó que el concepto está basado en normativas anteriores, como la Resolución 910 de 2008 y su modificación por la Resolución 1111 de 2013, que fueron derogadas por la Resolución 762 de 2022. Esta última establece nuevos límites máximos permisibles de emisión para fuentes móviles terrestres, aplicables a vehículos importados, ensamblados o fabricados nacionalmente.
Requisitos para importación y certificación ambiental
Para vehículos nuevos, se exige la obtención del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica y el visto bueno del Protocolo de Montreal ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En cambio, para vehículos diferentes a nuevos, actualmente no existe reglamentación vigente sobre niveles máximos permisibles de emisión que pueda aplicarse.
El Decreto 925 de 2013 establece que las licencias de importación solo se otorgarán para ciertos vehículos, incluyendo aquellos importados por diplomáticos al término de su misión en el exterior, siempre que cumplan con las normas ambientales vigentes.
Implicaciones jurídicas y vigencia del concepto
El Ministerio aclaró que los conceptos jurídicos emitidos por las entidades públicas no tienen un término de vigencia ni carácter vinculante. Conforme a jurisprudencia constitucional, tales conceptos constituyen orientaciones técnicas que pueden ser adoptadas o no por los interesados.
Se enfatizó que algunas de las normas en las que se fundamentó el concepto original fueron derogadas o modificadas, lo que implica que el concepto debe ser interpretado en el contexto regulatorio actual, en especial teniendo en cuenta la Resolución 762 de 2022 que reglamenta los límites de emisiones contaminantes.
Conclusión
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ratifica que el concepto jurídico emitido en 2015 no es obligatorio ni tiene un término definido de vigencia. Los interesados deben considerar la normativa ambiental vigente para la importación y certificación de vehículos, y atender las disposiciones actuales en materia de emisiones contaminantes y trámites ambientales.
De esta forma, se busca garantizar que la importación de vehículos, en particular aquellos diferentes a nuevos y los destinados a funcionarios diplomáticos, se realice bajo estándares ambientales que contribuyan a la protección del medio ambiente y la salud pública. El Ministerio continuará actualizando y aclarando los marcos normativos pertinentes para facilitar el cumplimiento adecuado por parte de los importadores y usuarios finales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.