Concepto jurídico sobre servidumbre de servicios públicos en predios con afectación ambiental
Proviene de: Conceptos
30 de julio de 2025 1:12:57
Requisitos para la imposición de servidumbres de servicios públicos
La servidumbre, definida en el Código Civil como un gravamen impuesto sobre un predio en beneficio de otro de distinto dueño, puede constituirse como una servidumbre administrativa cuando responde a un interés público, como es el caso de los servicios públicos domiciliarios. Estas servidumbres deben constituirse siguiendo los procedimientos establecidos en la ley, especialmente en la Ley 142 de 1994 y la Ley 56 de 1981. Se requiere que la entidad pública que adopte y ordene la ejecución del proyecto promueva los procesos necesarios para hacer efectivo el gravamen.
Compatibilidad con afectaciones ambientales
El concepto aclara que la categoría “reserva ambiental” no existe formalmente en el ordenamiento jurídico ambiental colombiano. En cambio, se deben considerar las categorías de áreas protegidas reconocidas, como parques nacionales, suelos de protección y ecosistemas estratégicos, cada una con un régimen específico de usos y limitaciones. El desarrollo de proyectos para prestación de servicios públicos en estas áreas debe ser compatible con dicho régimen, y es necesaria la obtención de los permisos, concesiones o licencias ambientales correspondientes ante la autoridad competente.
Conclusiones principales
Se establece que la imposición de servidumbres para servicios públicos domiciliarios es una figura legal habilitada, que debe cumplir con los requisitos legales vigentes. Sin embargo, las limitaciones ambientales son un asunto separado que incide en la viabilidad del proyecto y en la necesidad de tramitar los permisos ambientales adecuados. La compatibilidad entre el proyecto y las afectaciones ambientales debe analizarse en función de los regímenes de uso aplicables y no como un requisito para la imposición de la...
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