Contexto y fundamento legal del Decreto 0858 de 2025
El Decreto 0858, emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas al Presidente de la República, especialmente por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, establece un cambio normativo sustancial en la organización y prestación de los servicios de salud en Colombia. Este decreto sustituye la parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, relativa al Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, buscando responder a los retos actuales en materia de salud pública y garantizar la universalidad, eficiencia y solidaridad en el acceso a los servicios.
La base legal comprende además diversas leyes nacionales que reconocen la salud como un derecho fundamental y un servicio público obligatorio, tales como la Ley 100 de 1993, la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la Ley 1966 de 2019 y la Ley 2294 de 2023, entre otras. Asimismo, incorpora lineamientos de la jurisprudencia constitucional y recomendaciones internacionales, como las de la Organización Panamericana de la Salud y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Objetivo y relevancia del nuevo Modelo de Salud
El propósito principal del decreto es adoptar el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo como política pública para la población colombiana, garantizando el derecho fundamental a la salud en condiciones de igualdad, sin discriminación, y con atención integral, oportuna y de calidad. Este modelo enfatiza la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, bajo un enfoque territorial, intercultural y diferencial.
Su relevancia radica en la transformación profunda del sistema de salud hacia una atención primaria fortalecida, con mayor capacidad resolutiva en el primer nivel de atención, coordinación intersectorial e interinstitucional, y participación activa de la comunidad. Además, busca superar las brechas sociales, económicas y territoriales, especialmente en zonas rurales, dispersas y en contextos de conflicto.
Medidas y disposiciones clave establecidas en el decreto
El decreto establece varias medidas concretas para implementar el modelo, entre las que se destacan:
- Territorialización y gobernanza: Se define la gestión territorial integral en salud pública a través de subregiones funcionales, promoviendo la coordinación entre entidades territoriales, Entidades Promotoras de Salud (EPS), prestadores públicos, privados y mixtos, y la comunidad.
- Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS): Se conformarán redes que articulen los servicios de salud en niveles primario y complementario, garantizando continuidad, integralidad, calidad y resolutividad del cuidado integral de personas, familias y comunidades.
- Trabajo digno y formalización del talento humano: Se implementarán mecanismos para la formalización laboral del personal en salud, fortalecimiento de la formación integral, y desarrollo de programas para la prevención de violencias y cuidado en salud mental en el entorno laboral.
- Soberanía sanitaria y gestión del conocimiento: Se impulsará la producción nacional de tecnologías estratégicas en salud, la investigación, desarrollo e innovación, y la gestión del conocimiento para la toma de decisiones informadas y la construcción de soberanía sanitaria.
- Calidad y sistemas de información: Se fortalecerá el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud y se implementará el Sistema Integrado de Información de la Atención Primaria en Salud (SI-APS), que integrará datos para monitoreo, evaluación y retroalimentación continua.
- Coordinación intersectorial y participación social: Se promoverá la participación activa de la ciudadanía, comunidades étnicas y campesinas, mujeres, sectores sociales y demás actores en la gestión y toma de decisiones en salud, a través de instancias como Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud y comités comunitarios.
Ámbito de aplicación y actores involucrados
El decreto tiene alcance nacional y aplica a todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluyendo:
- Entidades Promotoras de Salud (EPS) y sus equivalentes territoriales.
- Prestadores de servicios públicos, privados y mixtos.
- Entidades responsables de los regímenes exceptuados y adaptados.
- Entidades relacionadas con tecnologías en salud, como el Instituto Nacional de Salud, INVIMA y el Instituto de Evaluación y Tecnología en Salud (IETS).
- Administradoras de Riesgos Laborales y de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
- Organizaciones sociales, comunitarias y demás instituciones que intervengan en la garantía del derecho fundamental a la salud.
Se establece que las entidades deberán ajustar y adaptar sus operaciones conforme a las disposiciones del decreto dentro de los marcos normativos vigentes, con especial atención al enfoque territorial, diferencial e intercultural.
Excepciones y disposiciones especiales
El decreto contempla excepciones para los regímenes específicos que tienen regulación particular, señalando que estas entidades deben adecuar sus operaciones en concordancia con la normatividad vigente. Asimismo, establece que en zonas con situaciones humanitarias, conflicto armado o presencia de actores no gubernamentales, las acciones se articularán con respeto a los principios humanitarios y tratados internacionales, bajo la dirección del Ministerio de Salud y Protección Social.
Llamado a la ciudadanía y entidades para la implementación
Se invita a todas las entidades territoriales, EPS, prestadores de servicios, administradoras de riesgos laborales y demás actores del sistema a adoptar, implementar y evaluar el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo bajo los principios de participación social, coordinación intersectorial y enfoque territorial. Además, se promueve la participación activa de las comunidades, incluyendo población étnica, campesina, mujeres y sectores vulnerables, para garantizar un sistema de salud más justo, equitativo y sostenible.
Vigencia, modificaciones y seguimiento
El decreto rige a partir de su publicación y sustituye la parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, así como varios artículos relacionados con la autorización y operación de las Entidades Promotoras de Salud. Se establece un periodo de transición de hasta un año para que los actores del sistema ajusten su operación conforme al nuevo modelo.
El Ministerio de Salud y Protección Social, en conjunto con la Superintendencia Nacional de Salud y las entidades territoriales, tendrá a su cargo la coordinación, monitoreo y evaluación del modelo, incluyendo la formulación de indicadores para medir la experiencia ciudadana y la calidad del servicio. Además, se implementará un plan progresivo de fortalecimiento institucional y asistencia técnica para apoyar a las entidades territoriales en esta tarea.
Implicaciones para la ciudadanía y las entidades
Para la ciudadanía, esta reforma normativa representa una oportunidad para acceder a servicios de salud más integrales, cercanos a sus territorios, con mayor calidad, continuidad y participación. El modelo busca que las personas, familias y comunidades sean protagonistas en el cuidado de su salud, garantizando igualdad de trato y oportunidades.
Para las entidades del sector salud, el decreto implica una reorganización funcional y territorial que demanda coordinación, articulación y adecuación de procesos, infraestructuras y recursos humanos. Asimismo, obliga a fortalecer la gobernanza, la gestión del talento humano, la producción nacional de tecnologías sanitarias y la transparencia mediante sistemas de información integrados.
En suma, el Decreto 0858 de 2025 configura un marco jurídico robusto orientado a transformar el sistema de salud colombiano, promoviendo un modelo preventivo, predictivo y resolutivo que responda a las necesidades de la población desde una perspectiva integral, equitativa y sostenible, consolidando así un sistema de salud más eficiente, participativo y resiliente para los retos del futuro.