Contexto y propósito del Decreto 0875 de 2025
El Ministerio de Minas y Energía emitió el Decreto 0875 de 2025, publicado en el Diario Oficial No. 53.200 el 2 de agosto de 2025, con el objetivo principal de adicionar la Sección 6 al Capítulo 1, Título V, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, que corresponde al Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía. Esta adición reglamenta la creación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Minera (SNSM), conforme al mandato del artículo 24 de la Ley 2250 de 2022.
El propósito esencial de este decreto radica en fortalecer la seguridad minera en Colombia, un sector que ha presentado históricamente una alta siniestralidad, mediante la coordinación efectiva de las entidades públicas y privadas involucradas en la gestión y control de los riesgos asociados a la actividad minera. Así, se busca promover un ambiente de trabajo más seguro, prevenir accidentes y enfermedades laborales, y fomentar una cultura de prevención y responsabilidad en el sector.
Medidas y disposiciones establecidas
El decreto establece que el SNSM es un sistema integral conformado por políticas, instrumentos, procesos y proyectos orientados a fortalecer la seguridad minera en todo el territorio nacional. Se incluyen dentro del sistema a:
- Entidades públicas con competencias en diseño, seguimiento, fiscalización y control de la seguridad minera.
- Compañías y empresas dedicadas a la gestión y prevención en seguridad minera, así como la academia, que pueden asesorar en estrategias y suministro de información.
- Titulares y explotadores mineros autorizados, quienes deben actuar con responsabilidad y acatar la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La coordinación del sistema estará a cargo del Ministerio de Minas y Energía, que liderará las acciones para su implementación eficaz.
Entre los objetivos específicos del SNSM destacan:
- Articular las instancias nacionales y regionales, haciendo seguimiento a la Política Nacional de Seguridad Minera para reducir la accidentabilidad y las enfermedades laborales.
- Fortalecer la seguridad minera a través de la identificación y control de peligros conforme al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Generar espacios de coordinación para la elaboración e implementación de las agendas nacional y regional de seguridad minera.
- Promover la innovación tecnológica y buenas prácticas para mejorar la cultura de prevención en el sector.
- Optimizar la sistematización e intercambio de información relacionada con incidentes y emergencias mineras, garantizando el respeto a la privacidad y a la normativa de hábeas data.
- Coordinar con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y otros actores relevantes para implementar medidas de gestión del riesgo en la minería.
El decreto también establece principios generales como el seguimiento y mejora continua, y la innovación, que orientarán la gestión del SNSM.
Ámbito de aplicación y actores involucrados
El decreto tiene aplicación a nivel nacional y afecta directamente a diversas entidades públicas, empresas mineras, titulares de concesiones y explotadores autorizados, así como a la academia y gremios relacionados con el sector. Se crea una estructura organizativa conformada por:
- La Comisión Nacional de Seguridad Minera (CNSM), presidida por el Ministro de Minas y Energía, e integrada por delegados de los Ministerios de Trabajo, Salud y Protección Social, la Agencia Nacional de Minería, y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, entre otros invitados permanentes y eventuales.
- Un Comité Técnico encargado de impulsar la ejecución de políticas y proyectos, compuesto por delegados técnicos de las entidades mencionadas.
- Las Comisiones Regionales de Seguridad Minera (CRSM), conformadas por gobernadores o sus delegados, alcaldes delegados, representantes territoriales del Ministerio del Trabajo, secretarías de salud, autoridades mineras y de gestión del riesgo, con jurisdicción regional para coordinar acciones en los territorios mineros.
Estas instancias tienen asignadas funciones claras para la coordinación, seguimiento y promoción de la seguridad minera, incluyendo la elaboración y seguimiento de agendas y planes de acción anuales.
Excepciones y referencias legales
El decreto no establece excepciones explícitas a sus disposiciones, pero se ajusta a la normatividad vigente en materia fiscal, presupuestal y de gestión del riesgo, contemplando la necesidad de consultar la disponibilidad de recursos y respetar las normas orgánicas de presupuesto para la ejecución de las acciones del SNSM.
Su base legal se encuentra principalmente en el artículo 24 de la Ley 2250 de 2022, que dispone la creación del SNSM, así como en la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, y otros decretos relacionados con la gestión del riesgo de desastres y la seguridad y salud en el trabajo.
Entrada en vigencia y modificaciones
El Decreto 0875 de 2025 entró en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, el 2 de agosto de 2025. Este acto administrativo adiciona y reglamenta disposiciones dentro del Decreto 1073 de 2015, sin que se señale expresamente la derogación de actos previos, sino más bien la incorporación de una nueva sección normativa para el sector minero en materia de seguridad.
Implicaciones para la ciudadanía y entidades afectadas
La creación del SNSM implica un avance significativo en la regulación y gestión de la seguridad minera en Colombia, con un enfoque integral y coordinado que involucra a múltiples actores públicos y privados. Para la ciudadanía, especialmente para los trabajadores del sector y las comunidades en zonas mineras, esto representa una oportunidad para mejorar las condiciones laborales, reducir riesgos y fortalecer la cultura de prevención.
Las entidades públicas deberán articular esfuerzos para cumplir con las metas del sistema, mientras que las empresas mineras y explotadores autorizados están llamados a adoptar prácticas responsables y cumplir con los estándares de seguridad y salud en el trabajo. La academia y gremios también juegan un papel importante en la generación de conocimiento y asesoramiento técnico.
Finalmente, el decreto invita a todos los actores involucrados a participar activamente en el desarrollo y seguimiento de las agendas nacionales y regionales de seguridad minera, buscando así reducir los índices de siniestralidad y promover un sector minero más seguro y sostenible. Con esta iniciativa, se sientan las bases para una minería responsable que contribuya al desarrollo económico del país, garantizando la protección de los trabajadores y el entorno ambiental.