Ministerio de Salud modifica lineamientos para financiación de infraestructura hospitalaria en regiones
Proviene de: Proyectos de Resolución
5 de agosto de 2025 10:22:51
Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general modificar el numeral 2.3, el literal B y el numeral 6.5 del anexo técnico de la Resolución 1146 de 2023. Este anexo establece los lineamientos para la presentación, trámite, viabilización y seguimiento de proyectos de inversión sujetos a financiación mediante la línea de crédito de redescuento con tasa compensada que ofrece FINDETER. Dicha línea está orientada a financiar inversiones en infraestructura para el desarrollo sostenible de las regiones, específicamente en el sector salud.Objetivo principal y grupos beneficiados
El objetivo principal de esta modificación es ampliar y precisar los criterios que regulan el acceso a los recursos de esta línea de crédito, facilitando la participación de nuevos actores del sector salud. En particular, se busca incluir como beneficiarios a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) de carácter mixto y a los hospitales universitarios, así como a fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a la red hospitalaria pública previa a la Ley 100 de 1993. Esta inclusión está orientada a apoyar a las IPS que se encuentren en proceso de acreditación, permitiéndoles acceder a recursos financieros para la construcción y dotación de infraestructura hospitalaria. De esta forma, el proyecto beneficia a prestadores públicos, privados, mixtos y a fundaciones que cumplen con los requisitos establecidos, contribuyendo a fortalecer la infraestructura del sector salud en diferentes regiones del país.Nuevas disposiciones y requisitos introducidos
Entre las innovaciones relevantes del proyecto se destacan:- Modificación del numeral 2.3 para definir con claridad los beneficiarios incluidos: IPS privadas y mixtas, hospitales universitarios y fundaciones sin ánimo de...
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