Emisor, fecha y contexto normativo
La Resolución 01981 de 2025 fue emitida el 31 de julio de 2025 por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), autoridad aeronáutica de Colombia. La norma se publicó en el Diario Oficial No. 53.203 el 5 de agosto de 2025. Esta resolución modifica una sección específica de la norma RAC 6, contenida en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, los cuales regulan las actividades de aeronáutica civil bajo las facultades conferidas por el Código de Comercio, la Ley 336 de 1996 y el Decreto 1294 de 2021.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la regulación de los servicios de escala en aeropuertos, es decir, las actividades de apoyo terrestre a las operaciones aeronáuticas comerciales y de aviación general. La modificación puntualiza los requisitos y procedimientos para la obtención, modificación y funcionamiento de los permisos que deben tener las empresas que prestan estos servicios. El destinatario principal de esta norma son las empresas y organizaciones que ofrecen servicios de escala en Colombia, así como los explotadores aeroportuarios que autorizan estas operaciones. Este público es clave porque su actividad impacta directamente en la seguridad, eficiencia y coordinación de las operaciones aeroportuarias y aéreas.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene como finalidad mejorar el marco regulatorio y los procesos administrativos relacionados con los proveedores de servicios de escala, especialmente en lo referente a la autorización y permisos para operar. Se busca superar las dificultades que se han presentado en el trámite de permisos, debido a la falta de autorización por parte de los explotadores aeroportuarios, lo que ha generado conflictos y reprocesos. La norma establece de manera clara que será la UAEAC quien otorgue los permisos de funcionamiento para ciertos servicios, con el apoyo técnico y de inspección correspondiente.
Principales decisiones y regulaciones
Entre las principales modificaciones, la resolución redefine la sección 6.500 de la norma RAC 6, que regula los servicios de escala, detallando aspectos como:
- Concepto y aplicación: Define los servicios de escala como actividades de apoyo terrestre a las aeronaves, pasajeros, tripulantes y carga en aeropuertos.
- Permisos de funcionamiento: Establece que todas las empresas que realicen estos servicios para terceros o por remuneración deben contar con un permiso otorgado por la UAEAC.
- Categorías y clases de servicios: Los servicios se clasifican en tres categorías principales: servicios a la aeronave (atención a aeronaves y pasajeros, asistencia y despacho operacional), servicios de base fija (FBO) y otros servicios (transporte de superficie, catering, asistencia de combustibles y lubricantes).
- Autorización de explotadores aeroportuarios: Para la categoría de “otros servicios”, las empresas deben obtener autorización expresa y escrita de cada explotador aeroportuario donde operen. Esta autorización es complementaria al permiso de funcionamiento otorgado por la UAEAC.
- Inicio de actividades y prórrogas: Las empresas deben iniciar sus servicios dentro de un año después de obtener el permiso, con posibilidad de prórroga si existen causas justificadas.
- Responsabilidades: Reafirma que los explotadores de aeronaves son responsables ante la autoridad aeronáutica por los servicios que contraten, y que la UAEAC realizará la supervisión e inspección tanto a explotadores como a proveedores.
Fundamento legal y relación con normativas previas
La resolución se fundamenta en los artículos 1782 y 1873 del Código de Comercio, el artículo 68 de la Ley 336 de 1996 y el Decreto 1294 de 2021. Además, desarrolla y modifica disposiciones anteriores, incluyendo la Resolución 02389 de 2022, que había incorporado la norma RAC 6 a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. No se introducen diferencias con los estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), por lo que no se requiere notificación ante ese organismo.
Impacto potencial
Con esta regulación, la Aeronáutica Civil busca optimizar la gestión y control de los servicios de escala, garantizando que las empresas cumplan con los requisitos técnicos y administrativos para operar. Esto contribuye a la seguridad operacional, mejora la coordinación con explotadores aeroportuarios y evita conflictos administrativos. Además, clarifica las responsabilidades de todos los actores involucrados, lo que puede traducirse en un mejor servicio para pasajeros y operadores aéreos. La resolución también establece plazos claros para el inicio de actividades y procedimientos para la autorización, lo que proporciona certeza jurídica y operacional para los proveedores de servicios.
Disponibilidad de la norma
La resolución y sus disposiciones actualizadas están incorporadas en la versión oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, disponibles en la página web de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil:
www.aerocivil.gov.co.
Este avance normativo refleja la constante actualización del marco regulador aeronáutico en Colombia, en línea con las necesidades de la industria y los estándares internacionales, buscando un equilibrio entre la seguridad, eficiencia y desarrollo del sector aéreo nacional. Con esta medida, se espera fortalecer la confianza en los servicios aeroportuarios y promover el crecimiento sostenible de la aviación civil en el país.