Modificaciones clave a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia: Resolución 01983 de 2025 de la Aeronáutica Civil
Proviene de: Resoluciones
6 de agosto de 2025 15:7:3
Contexto y autoridades responsables
La Resolución 01983 de 2025, emitida el 31 de julio de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.202 el 4 de agosto de 2025, fue expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), autoridad aeronáutica de Colombia. Esta entidad actúa bajo el marco legal conferido por los artículos 1782 y 1790 del Código de Comercio y el Decreto 1294 de 2021, además de cumplir con las obligaciones del Convenio sobre Aviación Civil Internacional suscrito en Chicago y aprobado mediante la Ley 12 de 1947. La Aerocivil, como miembro del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP), busca mantener la armonización normativa con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos y los estándares internacionales de la OACI.Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objetivo de esta resolución es modificar y actualizar el RAC 121 – “Requisitos de operación – Operaciones domésticas e internacionales, regulares y no regulares” – para incorporar enmiendas recientes a los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos y cumplir con las enmiendas 49 y 50 de la Parte I del Anexo 6 del Convenio de Chicago. La norma regula aspectos esenciales para la operación aérea comercial, tanto en vuelos domésticos como internacionales, y afecta principalmente a los explotadores aéreos, en especial aquellos que operan aviones con masa máxima de despegue superior a 5.700 kg o que transportan más de 19 pasajeros. Este grupo es relevante porque la actualización normativa impacta directamente en la seguridad operacional, certificación y equipamiento de las aeronaves, así como en los procedimientos de vuelo y mantenimiento que deben cumplir...Más noticias sobre Transporte
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