Consejo de Estado decreta prueba de oficio y acepta impedimento en proceso sobre prima especial de servicios
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 15:17:17
Contexto y tribunal competente
La providencia objeto de análisis fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado, que actúa en segunda instancia en materia contencioso administrativa. La decisión corresponde a un auto interlocutorio, es decir, una resolución judicial que resuelve cuestiones procesales sin concluir el litigio, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho relacionado con la Ley 1437 de 2011. El caso se centra en una reclamación presentada por una demandante contra la Nación, en particular contra la Rama Judicial y su Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. El litigio versa sobre el reconocimiento y pago de diferencias adeudadas por concepto de la prima especial de servicios establecida en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992.Antecedentes fácticos y procesales
La demandante solicitó la liquidación y pago de diferencias salariales derivadas de la prima especial de servicios. Sin embargo, la entidad demandada alegó la prescripción trienal para negar el reconocimiento de estos derechos. Para resolver este punto, era indispensable determinar la fecha de presentación de la reclamación administrativa inicial, documento que no se encontraba en el expediente físico. Adicionalmente, uno de los magistrados designados para conocer el caso manifestó un impedimento para continuar conociendo la causa, debido a que tiene un proceso pendiente ante otro tribunal sobre la misma materia —el reconocimiento de la prima especial de servicios— lo que podría afectar su imparcialidad.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el inciso segundo del artículo 213 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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