Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por caducidad en caso de reparación directa contra EPM
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 15:21:0
Providencia y contexto procesal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido el 27 de enero de 2023 por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Oralidad. Este auto rechazó la demanda presentada por una sociedad dedicada a la comercialización de medidores de gas contra Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (EPM), al considerar que operó la caducidad del medio de control de reparación directa.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante interpuso demanda el 9 de diciembre de 2022 contra EPM, solicitando que se declarara la responsabilidad administrativa de esta última por supuestas conductas abusivas de posición dominante y limitación de la libre competencia. En concreto, se alegó que EPM exigía a sus competidores la calibración individual y certificación de cada medidor residencial de gas tipo diafragma G-1.6 para su inscripción en el sistema tecnológico de EPM y su posterior comercialización, mientras que EPM y sus proveedores aplicaban un método de muestreo estadístico para la calibración de sus propios medidores. Lo anterior habría generado desventajas comerciales y perjuicios económicos para la parte demandante. El Tribunal Administrativo de Antioquia rechazó la demanda por considerar que la caducidad del medio de control de reparación directa había operado. Según el tribunal, el daño y el conocimiento de la conducta que lo generó se configuraron desde el año 2018, cuando la demandante obtuvo la acreditación para calibrar los medidores, acreditación que no fue aceptada por EPM. Dado que la demanda fue presentada en...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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