Consejo de Estado ordena nueva designación de perito para prueba técnica en proceso contra el Ministerio de Ambiente
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 15:30:31
Providencia de la Sala Primera del Consejo de Estado
La providencia en cuestión es un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en segunda instancia. Este auto corresponde a un proceso contencioso administrativo radicado bajo el número 11001 03 24 000 2006 00093 00, iniciado por un fideicomiso demandante contra la Nación, representada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se encuentra en etapa probatoria desde 2009, cuando el despacho abrió la práctica de una prueba pericial cartográfica. En ese momento se designó un técnico topógrafo como perito. Sin embargo, a lo largo del proceso, por disposición judicial del 14 de marzo de 2024, se ordenó a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital nombrar un nuevo experto para rendir el dictamen pericial.
Posteriormente, la Gerente de Información Catastral respondió designando un perito para tal fin. Más adelante, mediante auto del 24 de julio de 2024, el Consejo de Estado ordenó a la misma entidad justificar y acreditar los gastos necesarios para la ejecución de la prueba. La Gerente Comercial y de Atención al Ciudadano de Catastro Distrital cumplió con este requerimiento, pero luego la entidad manifestó no ser competente para realizar la prueba decretada en 2009.
Ante esta situación, el despacho judicial consideró necesario designar una nueva entidad para que lleve a cabo la experticia técnica ordenada desde hace más de quince años.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 234 del Código General del Proceso, que regula la solicitud y práctica de peritajes por parte de entidades oficiales. Esta norma establece que los jueces pueden ordenar a entidades oficiales la realización de dictámenes técnicos relacionados con su actividad, y que dichas entidades pueden solicitar el reconocimiento de gastos necesarios para la práctica de la prueba, siempre que se justifiquen y acrediten.
En este contexto, el auto dispone oficiar al Rector de la Universidad del Valle para que designe un experto encargado de realizar el dictamen pericial cartográfico pendiente. Una vez designado el perito, se le concederá un término de diez días para presentar una propuesta que justifique y acredite los gastos necesarios para la práctica de la prueba, sin perjuicio de los honorarios que le corresponden por la labor.
El auto enfatiza que esta providencia se limita exclusivamente al reconocimiento de los gastos necesarios para la prueba técnica y que en su momento se asignarán los honorarios correspondientes al perito designado.
Finalmente, se ordena a la Secretaría de la Sección Primera remitir copia del expediente junto con el auto a la Universidad designada, para que tenga pleno conocimiento del alcance de la prueba que debe practicar.
Importancia y repercusiones de la decisión
Este auto evidencia la importancia de asegurar la ejecución efectiva de las pruebas periciales en los procesos judiciales, especialmente cuando la práctica de la prueba implica la participación de entidades oficiales con competencia técnica específica. Además, reafirma el cumplimiento riguroso de los procedimientos para la designación de peritos y el reconocimiento de los gastos relacionados, conforme a la normativa procesal vigente.
De este modo, el Consejo de Estado garantiza que las etapas probatorias se desarrollen de forma adecuada, lo que contribuye a la correcta administración de justicia en procesos complejos que requieren de conocimientos técnicos especializados.
La decisión, objetiva y técnica, se limita a ordenar las medidas necesarias para la continuación del proceso judicial en el marco de la ley, sin emitir juicios sobre el fondo del asunto ni sobre las partes involucradas, asegurando así el respeto al debido proceso y la transparencia en la actuación judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.