Consejo de Estado corrige error formal en sentencia sobre recurso extraordinario de anulación contra la Agencia Nacional de Infraestructura
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:33:54
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, en ejercicio de la función jurisdiccional de aclarar y corregir sus propias sentencias. Este auto fue dictado el 18 de julio de 2025 y tiene como propósito corregir un error puramente formal en la parte resolutiva de la sentencia emitida el 12 de abril de 2024, en un proceso de recurso extraordinario de anulación.
El recurso en cuestión fue interpuesto por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) contra un laudo arbitral dictado el 12 de abril de 2021. La Sala había declarado infundado dicho recurso, pero en la parte resolutiva de la sentencia se consignó erróneamente la expresión “infundado fundado”, generando confusión sobre el sentido del fallo. La corrección busca aclarar que la decisión fue declarar infundado el recurso, sin modificar el fondo del pronunciamiento.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se origina en un recurso extraordinario de anulación promovido por la Agencia Nacional de Infraestructura contra un laudo arbitral de 2021. La entidad demandante solicitó la anulación de dicho laudo, pero la Sala del Consejo de Estado, mediante sentencia del 12 de abril de 2024, declaró infundado el recurso.
Posteriormente, en mayo de 2024, la parte recurrente señaló la existencia de un error en la redacción de la sentencia, específicamente en el numeral 1° de la parte resolutiva, en el cual se consignó la expresión contradictoria “infundado fundado”. Pese a que el cuerpo de la sentencia indicaba claramente que el recurso debería...
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