Consejo de Estado dicta sentencia anticipada en proceso de nulidad contra norma de Colombia Compra Eficiente
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:35:35
Contexto y competencia del tribunal
La providencia objeto de este análisis fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera - Subsección B, del Consejo de Estado, máxima corte de lo contencioso administrativo en Colombia. La decisión corresponde a una sentencia anticipada proferida en única instancia, en ejercicio del control judicial de nulidad simple, conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por la presentación de una demanda de nulidad simple contra el numeral 16.2 de la Circular Única de 2022, expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública, conocida como Colombia Compra Eficiente. Los demandantes cuestionaron la legalidad del numeral señalado por considerar que fue expedido sin competencia y en contravía de normas constitucionales y legales específicas, en particular los artículos 137 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), 150, 152 y 189 de la Constitución Política, así como el artículo 38 de la Ley 996 de 2005.
La demanda fue admitida por auto del 30 de mayo de 2024, ordenándose la notificación y traslado para contestación. Sin embargo, la entidad demandada no presentó contestación alguna. Durante el trámite, se otorgó una medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo impugnado, decisión que fue confirmada mediante recurso de reposición.
Consideraciones legales y fundamento de la sentencia anticipada
El elemento central de la providencia es la aplicación del numeral 1 del artículo 182A de la Ley 1437 de 2011, adicionado por el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que regula la figura de...
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