Consejo de Estado declara responsabilidad patrimonial por falta de motivación en acto administrativo de desvinculación
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:36:34
Providencia dictada en única instancia por el Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, profirió una sentencia de única instancia mediante la cual resolvió una demanda de repetición presentada por la Nación - Rama Judicial contra quien se desempeñaba como director ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La acción judicial tenía por objeto declarar la responsabilidad patrimonial de dicho funcionario por culpa grave, como consecuencia de la expedición de un acto administrativo que declaró la insubsistencia del nombramiento provisional de un servidor público sin la debida motivación.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se remonta a diciembre de 2011, cuando el director ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial emitió una resolución que declaró insubsistente el acto de nombramiento de un funcionario provisional en un cargo de profesional universitario grado 20. Dicha resolución carecía de motivación, limitándose a indicar la desvinculación sin explicar las razones de hecho o de derecho que sustentaran la decisión. El funcionario afectado interpuso demanda en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación - Rama Judicial, alegando la ilegalidad del acto administrativo por falta de motivación. En febrero de 2015, el Juzgado Séptimo Administrativo de Bogotá declaró la nulidad de la resolución y ordenó el reintegro laboral del demandante, así como el pago de salarios y prestaciones sociales dejadas de percibir. Posteriormente, en octubre de 2017, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial reconoció y pagó una suma superior a los 78 millones de pesos al servidor afectado en cumplimiento de la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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