Contexto y naturaleza de la providencia
El Consejo de Estado, en su Sección Primera de lo Contencioso Administrativo, emitió un auto el 22 de julio de 2025, en el marco de un proceso de nulidad contra el artículo 5 del Acuerdo 2175 de 2023, titulado “Por el cual se recodifica y actualiza el reglamento general de la Corporación”, expedido por la Corte Suprema de Justicia. La demanda fue promovida por un ciudadano, quien solicitó la nulidad del mencionado artículo y la suspensión provisional de sus efectos.
Esta providencia corresponde a un auto, es decir, una decisión interlocutoria que adecúa el trámite procesal y ordena determinadas diligencias, sin resolver el fondo del asunto.
Antecedentes fácticos y procesales
El ciudadano demandante ejerció el medio de control de nulidad por inconstitucionalidad, previsto en el artículo 135 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), contra el artículo 5 del Acuerdo 2175 de 2023 de la Corte Suprema de Justicia. Este acuerdo reglamenta aspectos administrativos internos de dicha corporación.
Inicialmente, la Sección Quinta del Consejo de Estado remitió el proceso a la Sección Primera, considerando que esta última era competente para conocer del asunto. El expediente se encontraba pendiente de decisión sobre la admisión de la demanda cuando se emitió el auto.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Despacho encargado del caso analizó la procedencia del medio de control invocado. Aunque el demandante alegó la nulidad por inconstitucionalidad, la jurisprudencia reiterada de esta Corporación establece criterios precisos para la procedencia de este medio de control, que incluyen:
- Que la disposición demandada sea un decreto de carácter general, dictado...