Consejo de Estado remite por competencia demanda contra sanción del Consejo Nacional Electoral
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:43:28
Contexto y naturaleza de la providencia
El pasado 31 de julio de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para conocer recursos de nulidad simple, profirió un auto en respuesta a una demanda presentada contra una resolución sancionatoria expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE). La providencia fue dictada por el magistrado ponente, conforme a lo estipulado en el artículo 125.3 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA), que asigna al magistrado ponente la facultad para dictar providencias interlocutorias y de sustanciación durante la tramitación.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda de nulidad fue interpuesta en contra de la Resolución 05871 de 2024, mediante la cual el CNE impuso una sanción económica a los miembros del comité inscriptor de un grupo significativo de ciudadanos. El accionante cuestionó la legalidad de esta resolución, alegando que vulnera normas sustanciales y procesales, principios constitucionales, garantías y derechos fundamentales, incluyendo el bloque de constitucionalidad. En particular, se argumentó que la sanción desconocía precedentes jurisprudenciales relacionados con la aplicación del artículo 42.12 de la Ley 1952 de 2019.
El acto administrativo sancionatorio impuso una multa superior a 18 millones de pesos colombianos a los miembros del comité inscriptor por una supuesta violación relacionada con la inscripción de un candidato en elecciones locales. Dado el carácter individualizado de la sanción, la resolución creó una situación jurídica particular para los afectados.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala enfatizó que el acto administrativo cuestionado tiene un contenido particular, pues afecta directamente a personas...
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