Consejo de Estado inadmite demanda contra medidas de voto juvenil adoptadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:44:28
Contexto y alcance de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad en materia contencioso administrativa, se pronunció sobre la admisibilidad de una demanda presentada por un partido político contra la Resolución 7607 de 2025 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Esta resolución buscaba implementar medidas para facilitar el ejercicio del derecho al voto a jóvenes con edades comprendidas entre 14 y 28 años, en las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud programadas para el 19 de octubre de 2025. La demanda fue presentada mediante el mecanismo de nulidad consagrado en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), buscando la nulidad total o parcial de la resolución cuestionada. Sin embargo, en un auto emitido por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, el juez ponente declaró la inadmisibilidad inicial de la demanda por incumplimiento de requisitos formales.Antecedentes fácticos y procesales
El partido demandante objetaba la Resolución 7607 en los términos en que permitía que jóvenes ciudadanos, cuya cédula o tarjeta de identidad estuviera habilitada en el censo nacional electoral, pudieran votar en el puesto de votación más cercano, independientemente de su lugar de residencia. Se alegó que tal medida vulneraba el artículo 316 de la Constitución Política, que establece el principio de territorialidad del voto, así como normas legales como la Ley 2241 de 1986, la Ley 163 de 1994 y la Ley 1622 de 2013, cuya finalidad es preservar la legitimidad, transparencia y representatividad del proceso electoral. Como medida cautelar, se solicitó la suspensión provisional...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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