Consejo de Estado declara responsabilidad de la Rama Judicial por privación injusta de la libertad y ordena indemnización
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:56:12
Providencia de segunda instancia en materia de acción de reparación directa
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, en decisión de segunda instancia conocida el 17 de julio de 2025, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había negado las pretensiones de una demanda de reparación directa. Esta acción fue presentada contra la Nación – Rama Judicial y la Fiscalía General de la Nación, en relación con la responsabilidad extracontractual del Estado por privación injusta de la libertad bajo la Ley 1437 de 2011 y la Ley 906 de 2004.Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes fueron capturados en cumplimiento de una orden dictada por un juez de control de garantías, en el marco de una investigación penal por presunta participación en delitos como concusión, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir. Tras la legalización de la captura y la imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva, se adelantó el proceso penal, que culminó con sentencia absolutoria. En primera instancia, el Tribunal Administrativo consideró que la detención preventiva cumplió con los requisitos legales de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, y negó la responsabilidad estatal, señalando que la medida se sustentó en elementos materiales probatorios presentados por la Fiscalía. Inconformes, los demandantes apelaron, argumentando que la presunción de inocencia no fue desvirtuada y que la medida de aseguramiento fue inapropiada y prolongada, configurando una privación injusta de la libertad.Consideraciones de la Sala: ilegalidad y falla en el servicio
La Sala revisora realizó un análisis detallado de la legalidad de la privación de la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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