Superindustria emite instrucciones sobre tratamiento de datos en transferencia de tecnología
Proviene de: Proyectos de Circular
8 de agosto de 2025 18:39:55
Contexto y alcance de la circular
La transferencia de tecnología consiste en compartir conocimientos, métodos o tecnologías entre entidades públicas y privadas, facilitando el acceso a desarrollos científicos y tecnológicos. En ciertos casos, este proceso puede implicar el tratamiento de datos personales, especialmente cuando se transfieren herramientas digitales o soluciones basadas en inteligencia artificial.
La circular se fundamenta en la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2022-2031, que promueve la adopción y transferencia tecnológica como un eje estratégico para el desarrollo social. En este marco, la Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad de protección de datos personales, establece instrucciones para que las entidades vigiladas gestionen adecuadamente los riesgos asociados al tratamiento de datos en estos procesos.
Principales instrucciones para las entidades vigiladas
1. Debida diligencia previa: Antes de iniciar una transferencia de tecnología que involucre datos personales, se debe verificar la legalidad del tratamiento, identificar funcionalidades que impliquen el manejo de dichos datos y evaluar el cumplimiento normativo correspondiente.
2. Responsabilidad demostrada: Se deben implementar mecanismos efectivos para gestionar riesgos, documentar decisiones y evaluar la efectividad de las medidas de mitigación durante las distintas fases del proceso.
3. Protección desde el diseño y por defecto: Es fundamental incorporar medidas tecnológicas que garanticen principios como la libertad, necesidad, seguridad, circulación restringida y confidencialidad de los datos personales. Además, se debe promover la minimización de la recolección y el uso responsable de la información.
4. Garantías contractuales: Los contratos relacionados con la transferencia tecnológica deben incluir cláusulas claras sobre responsabilidades en el tratamiento de datos, medidas de seguridad, condiciones para transferencias internacionales y mecanismos de supervisión y auditoría.
Marco normativo y funciones de supervisión
Las actividades de tratamiento de datos personales están reguladas por la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015, que establecen principios, derechos y deberes para responsables y encargados del tratamiento. La Superintendencia de Industria y Comercio tiene la función de velar por el cumplimiento de esta normatividad, impartir instrucciones y garantizar la protección de los derechos de los titulares.
El cumplimiento de estas instrucciones fortalece el principio constitucional de primacía de los derechos fundamentales y contribuye a un ambiente propicio para la innovación y el progreso científico, respetando siempre la privacidad y la confianza de los ciudadanos.
Estas directrices entran en vigencia a partir de su publicación y deben ser acatadas por todas las entidades vigiladas en sus procesos de transferencia de tecnología que involucren tratamiento de datos personales, asegurando así un manejo responsable y transparente de la información en beneficio de la sociedad.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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