Consejo de Estado confirma gravamen del impuesto de industria y comercio a explotación de hidrocarburos en Puerto Boyacá
Proviene de: Sentencias
11 de agosto de 2025 15:55:46
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió la sentencia en segunda instancia el 31 de julio de 2025, en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra el municipio de Puerto Boyacá por una empresa del sector hidrocarburos. La decisión confirma la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá, que había negado las pretensiones de la demanda.Antecedentes fácticos y procesales
En 2017, la empresa presentó su declaración del impuesto de industria y comercio (ICA) correspondiente al año gravable 2016, reportando ingresos netos gravados por aproximadamente 24.5 mil millones de pesos y liquidando un impuesto de alrededor de 245 millones de pesos. Posteriormente, la Secretaría de Hacienda de Puerto Boyacá expidió una liquidación oficial de revisión que aumentó considerablemente los ingresos gravados y el impuesto calculado, con base en un análisis que tomó en cuenta la explotación de hidrocarburos en la jurisdicción municipal. La empresa interpuso demanda solicitando la nulidad de la liquidación y la resolución que confirmó el cobro, argumentando que la actividad de exploración y explotación de petróleo está exenta del ICA conforme al artículo 16 del Decreto 1053 de 1956 y que, además, las regalías pagadas superan el impuesto que se pretendía cobrar. Alegó que bajo el régimen actual de regalías, que distribuye los recursos a través del Sistema General de Regalías (SGR), resulta imposible determinar con precisión la proporción que llega al municipio, lo que hace inaplicable la comparación exigida por la norma. El municipio se opuso, sustentando que la exención procede únicamente cuando las regalías efectivamente recibidas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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