Consejo de Estado anula liquidación del ICA por falta de motivación en determinación de territorialidad tributaria
Proviene de: Sentencias
11 de agosto de 2025 15:56:18
Providencia de segunda instancia en proceso tributario
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado profirió sentencia de segunda instancia el 31 de julio de 2025 en el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección “A”, del 20 de junio de 2024. La controversia se originó por la impugnación a la liquidación oficial de revisión del impuesto de industria y comercio (ICA) expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, que modificó las declaraciones presentadas por la sociedad demandante para los periodos 5 y 6 de 2015, y 2, 3 y 6 de 2016.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad presentó en Bogotá sus declaraciones del ICA para los mencionados periodos. Posteriormente, la Dirección Distrital de Impuestos profirió una liquidación oficial de revisión que adicionó ingresos gravados, incrementando el impuesto a cargo y aplicando una sanción del 100% por inexactitud en la tarifa. La adición se sustentó en la discrepancia entre los ingresos declarados en Bogotá y los registrados en los estados financieros, así como en la reducción de ingresos atribuida a actividades fuera del Distrito Capital.
En respuesta, la sociedad interpuso demanda por nulidad y restablecimiento del derecho, argumentando que sus actividades comerciales se desarrollaron efectivamente en establecimientos ubicados en municipios distintos a Bogotá, tales como Envigado, Cota y Barranquilla, donde también cumplió con sus obligaciones tributarias. Para sustentar su posición, aportó abundante material probatorio, incluyendo registros mercantiles, declaraciones de empleados, videos, y certificaciones de procesos internos y auditorías.
La entidad distrital, por su parte, sostuvo que la actividad gravada se configuró en...
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