Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma suspensión a abogado por incumplimiento de incompatibilidades profesionales
Proviene de: Sentencias
13 de agosto de 2025 0:24:55
Providencia de segunda instancia y competencia del tribunal
La decisión fue adoptada por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, órgano encargado por el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia de examinar la conducta y sancionar faltas disciplinarias de los abogados. La providencia corresponde a una resolución de segunda instancia, mediante la cual se decidió confirmar la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2023 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia, que había impuesto una suspensión de cuatro meses en el ejercicio profesional al abogado investigado.Antecedentes fácticos y procesales
La investigación disciplinaria se inició a partir de una compulsa de copias ordenada por un juzgado penal del circuito de Antioquia, luego de detectar que un abogado, a pesar de estar suspendido en el ejercicio de la profesión, no renunció ni sustituyó el poder otorgado para representar a dos personas privadas de la libertad en un proceso penal por delitos relacionados con armas y uso ilegal de uniformes e insignias. El juzgado de conocimiento dejó constancia en audiencias preparatorias y de formulación de acusación sobre la suspensión vigente del abogado y la falta de renuncia o sustitución del mandato, lo que motivó la remisión a la Comisión de Disciplina para investigar la posible infracción disciplinaria. Durante el proceso disciplinario, se recabaron múltiples pruebas documentales que evidenciaron que el profesional mantuvo la representación judicial desde el inicio de la suspensión, que fue debidamente notificada y registrada. En la audiencia de juzgamiento, el abogado y su defensor de oficio presentaron alegatos en los que argumentaron, entre otros puntos, la falta de claridad sobre...Más noticias sobre Derecho Privado
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