Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por ejercicio ilegal de la abogacía en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
13 de agosto de 2025 0:32:28
Providencia de segunda instancia en proceso disciplinario contra abogado
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en su Sala Plena, emitió un auto de segunda instancia en un proceso disciplinario contra un abogado que fue sancionado con suspensión de cuatro meses por incurrir en el ejercicio ilegal de la profesión durante un periodo de suspensión vigente. La decisión fue adoptada tras la apelación presentada contra la sentencia proferida en primera instancia por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó cuando se detectó que el abogado sancionado actuó como apoderado en un proceso judicial de prescripción adquisitiva de dominio, iniciado ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Boyacá, durante el lapso en que tenía vigente una suspensión para ejercer la profesión, impuesta previamente mediante sanción disciplinaria. La suspensión había sido notificada mediante correo electrónico, estableciendo que el profesional no podía ejercer desde el 9 de julio hasta el 8 de septiembre de 2020.
El abogado presentó contestación de la demanda y solicitó pruebas testimoniales el 16 de julio de 2020, dentro del periodo de suspensión, lo que motivó la investigación disciplinaria. En primera instancia, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial sancionó al profesional por la infracción del deber de no ejercer la abogacía durante la suspensión, conforme a lo establecido en la Ley 1123 de 2007.
El abogado apeló la decisión, argumentando principalmente que no se había concretado ni individualizado cuáles fueron las actuaciones específicas realizadas durante el periodo de suspensión y cuestionó la notificación de la fecha de inicio de la sanción. La apelación fue resuelta por...
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