Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción a abogado por intervención fraudulenta en proceso sucesoral
Proviene de: Sentencias
13 de agosto de 2025 0:42:50
La decisión y su contexto procesal
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de su competencia establecida en el artículo 257A de la Constitución Política y la Ley 1123 de 2007, conoció y resolvió en segunda instancia un recurso de apelación contra la sentencia proferida el 27 de junio de 2025 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Santander. Dicha sentencia sancionó a un abogado con suspensión por un año y multa equivalente a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por incurrir, a título de dolo, en la falta disciplinaria contemplada en el numeral 9º del artículo 33 de la Ley 1123 de 2007, en desconocimiento del deber profesional previsto en el numeral 6º del artículo 28 de la misma ley.
Este proceso disciplinario tuvo su origen en una queja interpuesta por una heredera afectada, quien denunció que el abogado, actuando en un trámite sucesoral realizado en una notaría, excluyó deliberadamente su participación y derechos en la masa hereditaria, pese a ser reconocida como heredera legítima en un proceso judicial paralelo que fue desistido. La quejosa afirmó que el abogado no sólo incumplió con sus deberes profesionales, sino que además incurrió en actos fraudulentos en perjuicio suyo y del Estado.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
Tras el fallecimiento del causante, los hermanos del mismo iniciaron un proceso sucesoral judicial, en el que se reconoció a la quejosa como heredera y se decretó el emplazamiento para su participación. Sin embargo, dicho proceso fue desestimado mediante desistimiento presentado por uno de los abogados de los herederos, aduciendo que la sucesión se había tramitado...
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