Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma remoción de Juez de Paz por irregularidades en procedimiento de jurisdicción especial
Proviene de: Sentencias
13 de agosto de 2025 0:45:2
Providencia y tribunal competente
La decisión es una sentencia emitida el 26 de febrero de 2025 por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de la competencia asignada por el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1952 de 2019. Esta sentencia confirma la decisión adoptada previamente por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca, de primera instancia, que había declarado disciplinariamente responsable al Juez de Paz de la Comuna 13 de Cali por infracciones a la Ley 497 de 1999 y a la Constitución Política.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario tuvo origen en una queja presentada por una apoderada que representaba a dos ciudadanas propietarias de un inmueble ubicado en Cali. La controversia giraba en torno a la entrega de dicho bien inmueble a un solicitante, quien alegaba ser el propietario a través de una venta realizada en años anteriores. El Juez de Paz convocó a una audiencia de conciliación en la que no se logró acuerdo debido a la ausencia y oposición de una de las propietarias. Pese a ello, el juez emitió una sentencia en equidad ordenando la entrega del inmueble al solicitante, sin haber agotado ni respetado las etapas procesales previstas en la Ley 497 de 1999 para la jurisdicción de paz, y sin la anuencia de todas las partes involucradas. En el curso del proceso, se presentó un recurso de reconsideración que fue inicialmente negado por el juez, pero luego, tras una tutela que protegió el derecho al debido proceso, el juez acogió dicho recurso y confirmó la sentencia en...Más noticias sobre Derecho Privado
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