Tribunal Administrativo de Antioquia confirma nulidad parcial de norma tributaria municipal y ratifica obligaciones en impuesto de telefonía fija en Medellín
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:30:31
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Sexta de Decisión Oral del Tribunal Administrativo de Antioquia emitió la Sentencia N° 158 el 18 de julio de 2025, resolviendo en segunda instancia los recursos de apelación interpuestos frente a la sentencia de primera instancia dictada el 28 de junio de 2019 por el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Medellín. La providencia judicial se originó en un proceso de nulidad promovido contra el Acuerdo Municipal 066 de 2017, que regula la normativa sustantiva aplicable a los tributos vigentes en el Municipio de Medellín.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se inició con una demanda contra el Municipio de Medellín en la que se solicitaba la nulidad parcial de varias disposiciones del Acuerdo 066 de 2017. En particular, se cuestionó el numeral 2 literal e. del artículo 65, que establecía una regla de territorialidad para el impuesto de industria y comercio (ICA) basada en criterios relacionados con la sede principal de entidades contratantes y el lugar donde se adelantó el proceso contractual. La parte demandante sostuvo que esta norma excedía lo dispuesto en las leyes nacionales, específicamente la Ley 1819 de 2016 y la Ley 14 de 1983, en materia tributaria. Asimismo, se impugnaron los artículos 116 y 117 del mismo Acuerdo, que regulaban el impuesto sobre telefonía fija conmutada. Se objetó que estas disposiciones imponían a las empresas prestadoras del servicio la obligación de liquidar, facturar y recaudar el impuesto de manera gratuita, así como la responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento, lo que según la demanda vulneraba el principio de legalidad y...Más noticias sobre Derecho Tributario
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