Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela por vulneración del derecho de petición contra Unidad de Prestaciones Sociales de la Armada Nacional
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:33:35
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Bolívar, en segunda instancia, emitió una sentencia que confirma la decisión adoptada por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Cartagena. Esta providencia judicial resuelve el recurso de impugnación presentado por la Unidad de Prestaciones Sociales de la Armada Nacional (UPSAN) contra la sentencia que había amparado el derecho fundamental de petición de una ciudadana. El proceso corresponde a un medio de control de tutela, cuyo objetivo es proteger derechos fundamentales cuando estos son vulnerados o amenazados.
Antecedentes fácticos y procesales
La accionante presentó un derecho de petición ante la UPSAN, la Caja Promotora de Vivienda Militar y Policía (Caja Honor) y la empresa Coordinadora de Servicios de Parque Cementerio (COORSERPARK S.A.S.), solicitando información relacionada con prestaciones sociales y otros asuntos vinculados a una persona fallecida que estuvo afiliada a estas entidades. Según la accionante, no recibió respuesta dentro del término legal, por lo que interpuso acción de tutela para obtener protección a su derecho fundamental de petición.
En primera instancia, el juzgado consideró que únicamente la UPSAN no respondió oportunamente la solicitud, por lo que amparó el derecho de petición frente a esta entidad y ordenó que se emitiera una respuesta de fondo en un plazo de 48 horas. Por el contrario, la tutela fue declarada improcedente frente a Caja Honor y COORSERPARK S.A.S., pues ambas entidades habían dado respuesta clara y en tiempo a las solicitudes.
La UPSAN presentó un recurso de aclaración que fue rechazado, y posteriormente tramitado como impugnación. En el curso de este trámite, la entidad aportó pruebas de haber...
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