Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela por vulneración del derecho de petición contra el INPEC
Proviene de: Sentencias
14 de agosto de 2025 12:39:28
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Bolívar, en segunda instancia, mediante sentencia proferida el 3 de julio de 2025, confirmó la decisión adoptada en primera instancia por el Juzgado Décimo Sexto Administrativo de Cartagena, con fecha 20 de mayo de 2025. La providencia judicial responde a una acción de tutela interpuesta contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), en la que se reclamó la protección del derecho fundamental de petición, reconocido en el artículo 23 de la Constitución Política.
Antecedentes fácticos y procesales
El ciudadano accionante presentó dos derechos de petición ante el INPEC, en fechas del 27 de marzo y 11 de abril de 2025, solicitando información puntual respecto al reconocimiento y pago de una sentencia judicial y copia integral del expediente administrativo relacionado, incluyendo poderes de cuentas de cobros de beneficiarios. A pesar de que los términos legales para responder habían vencido, la entidad no emitió respuesta alguna.
Ante la omisión, se presentó la acción de tutela, buscando el amparo inmediato de este derecho fundamental. En primera instancia, el Juzgado Administrativo amparó la tutela, ordenando al INPEC emitir respuesta clara, precisa y congruente en un plazo máximo de 48 horas. Sin embargo, la entidad no rindió informe ni probó haber respondido oportunamente durante este proceso.
Posteriormente, el INPEC interpuso impugnación, argumentando que mediante oficio fechado el 8 de mayo de 2025, había dado respuesta de fondo a las solicitudes, remitiendo además el expediente completo requerido.
Consideraciones jurídicas de la Sala de Decisión
La Sala de Decisión No. 6 revisó el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad de la acción de...
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